Correos ha anunciado la aprobación de un dispositivo especial con el objetivo de responder al fuerte incremento del voto por correo que se está realizando con motivo de las elecciones generales del próximo 23 de julio. Las empresa pública tiene intención de realizar una contratación masiva de personal, sin precedentes, que calcula en casi 10.000 empleados, según ha anunciado en un comunicado oficial.
Adoptamos todas las medidas organizativas necesarias para el correcto desarrollo de las actividades relacionadas con los procesos electorales y el #VotoPorCorreo para las Elecciones Generales que se celebrarán el 23 de julio.
— Correos (@Correos) June 7, 2023
Esta medida intenta responder al aumento del voto por correo, una medida a la que recurren los electores ante una temporada estival en la que disminuye la presencialidad drásticamente porque muchas personas se encuentran de vacaciones, además hay puente en cuatro Comunidades Autónomas.
Correos tiene previsto, además, ampliar el horario de sus oficinas en días no laborables y reforzar las sedes en lugares turísticos. El plazo para solicitar el voto por correo (presencialmente o por vía telemática) comenzó el 30 de mayo y terminara el 13 de julio, entre el 3 y el 16 del próximo mes los carteros distribuirán la documentación y los votantes después tendrán hasta el 19 de julio para depositar la papeleta en cualquier oficina postal de España gratuitamente.
Solicitud de voto por correo
Los ciudadanos que quieran solicitar el voto por correo para las próximas elecciones generales tienen como plazo hasta el próximo día 13 de julio (inclusive). Pueden realizar el trámite vía online, en la web de Correos y también en cualquier oficina de Correos en España, para pedir el certificado de su inscripción en el Censo Electoral. La obtención de este documento es fundamental para emitir su voto.
Correos entregará las solicitudes en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, que enviarán a los solicitantes, a partir del 3 de julio, la documentación necesaria para ejercer el voto por correo. Quienes soliciten el voto por correo, recibirán en esa documentación la dirección que indiquen en la solicitud, que no tiene por qué coincidir con el domicilio habitual.