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El Constitucional tumba el veto de Ayuso a las asociaciones LGTBI en procesos judiciales

La reforma de 2023 que excluía a estas entidades de causas penales y sancionadoras es declarada nula por invadir competencias estatales.

El Constitucional tumba el veto de Ayuso a las asociaciones LGTBI en procesos judiciales

El Tribunal Constitucional ha anulado una de las modificaciones impulsadas por el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso en la Ley LGTBI de la Comunidad de Madrid.

La corte de garantías considera que el artículo introducido en 2023, que restringía la capacidad de personarse en procedimientos judiciales a asociaciones del colectivo LGTBI, vulnera las competencias exclusivas del Estado y, por tanto, es inconstitucional y nulo.

Reconocidos pero no en lo penal

La reforma cuestionada afectaba al artículo 65 de la Ley 3/2016 de protección integral contra la LGTBIfobia. Mientras el texto original reconocía como parte legítima a asociaciones LGTBI y de derechos humanos en procedimientos administrativos por discriminación, la modificación añadida por el Ejecutivo madrileño añadía una excepción: ese reconocimiento no aplicaría en procesos penales ni en procedimientos sancionadores.

Según la sentencia del Constitucional, cuya ponencia ha estado a cargo del magistrado Ramón Sáez Valcárcel, esta limitación es contraria al marco normativo estatal.

En concreto, la legislación general ya prevé que estas organizaciones pueden ser consideradas parte interesada incluso en casos sancionadores cuando hay situaciones de discriminación por orientación o identidad sexual.

La corte entiende que la norma madrileña invade competencias exclusivas del Estado tanto en materia procesal como en la regulación del procedimiento administrativo común. Por ello, ha declarado inconstitucional el apartado introducido por el Gobierno regional de Ayuso.

El recurso fue presentado por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en respuesta a una reforma autonómica que había suscitado críticas por parte de colectivos sociales y partidos de la oposición. La ministra de Igualdad, Ana Redondo, ha celebrado la decisión del TC señalando que "se ha puesto fin al intento de recorte de derechos de las personas LGTBI que pretendía la señora Ayuso y el PP".

Un cambio "menor" según los populares

Desde el Ejecutivo madrileño, sin embargo, se ha minimizado el alcance de la resolución. El portavoz del Gobierno regional, Miguel Ángel García, ha insistido en que la sentencia afecta solo a una cuestión "menor y técnica" y ha recalcado que el resto de la reforma legal "sigue vigente". A su juicio, las modificaciones introducidas responden a criterios técnicos y científicos, alejados de enfoques ideológicos.

El consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local de la Comunidad de Madrid, Miguel Ángel García
El consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local de la Comunidad de Madrid, Miguel Ángel García CAM

En cualquier caso, la resolución del Constitucional supone un respaldo a la participación activa de las asociaciones LGTBI en la defensa de derechos vulnerados, incluso en los ámbitos más sensibles, como los procedimientos penales y sancionadores.

No se pronuncia, en cambio, sobre otros artículos de la legislación madrileña también recurridos, como el que exige acompañamiento psicológico a menores trans que inicien tratamientos de transición.

El fallo reafirma el papel que estas entidades pueden jugar como garantes en procesos donde la discriminación sigue siendo una realidad latente.

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