El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha determinado que la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana de 2015, la llamada 'Ley Mordaza' aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy en 2015, es constitucional en todos sus puntos, incluido el retorno de los migrantes que entren ilegalmente por Ceuta y Melilla o las sanciones frente a movilizaciones ante el Congreso.
Lo único que no ha pasado el filtro del tribunal de garantías es la sanción por el "uso no autorizado de imágenes o datos de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado", al considerarlo una censura previa, vetada por la Constitución.
También se da luz verde a que se considere como infracción grave "la perturbación grave de la seguridad ciudadana que se produzca con ocasión de reuniones o manifestaciones frente a las sedes del Congreso de los Diputados, el Senado y las asambleas legislativas de las comunidades autónomas, aunque no estuvieran reunidas, cuando no constituya infracción penal".
Para el Tribunal, este precepto "se orienta a evitar que la perturbación grave de la seguridad ciudadana con ocasión de reuniones o manifestaciones ante las Cortes impida el normal funcionamiento del órgano parlamentario en sus distintas formas y composiciones o produzca una desconsideración del símbolo encarnado en las sedes parlamentarias".
Devoluciones en caliente
Se ha declarado constitucional el régimen especial para Ceuta y Melilla de rechazo en frontera de los extranjeros que intenten entrar ilegalmente, por considerar que se ajusta a la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Según esta doctrina, "el rechazo en frontera es una actuación material de carácter coactivo, que tiene por finalidad restablecer inmediatamente la legalidad transgredida por el intento por parte de las personas extranjeras de cruzar irregularmente esa concreta frontera terrestre", de modo que "la actuación material (será constitucional), sin perjuicio del control judicial que proceda realizarse en virtud de las acciones y recursos que interponga, en cada caso concreto, la persona extranjera".
A esto, el TC ha añadido que "el rechazo ha de llevarse a cabo con las garantías que a las personas extranjeras reconocen las normas, acuerdos y tratados internacionales ratificados por España, debiendo ser reales y efectivos los procedimientos de entrada legal en territorio español". "En todo caso", ha subrayado, "los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad deberán prestar especial atención a las categorías de personas especialmente vulnerables", entre las que ha mencionado los menores de edad, las embarazadas o las personas de edad avanzada.
Así, la sentencia, de la que ha sido ponente el presidente del TC, Juan José González Rivas, desestima la mayoría de las impugnaciones del recurso de inconstitucionalidad presentado por 97 diputados del PSOE; 11 de Izquierda Plural y Chunta Aragonesista; 4 de Unión Progreso y Democracia (UPyD) y 2 del Grupo Mixto del Congreso de los Diputados. La sentencia se ha adoptado por la mayoría del Pleno del TC. Han votado en contra los magistrados María Luisa Balaguer Callejón y Cándido Conde-Pumpido Tourón, aunque solo la primera redactará un voto particular.
Futura derogación
El vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, se ha pronunciado lamentando el sentido de la declaración del Alto Tribunal y reafirmando su compromiso en revertir las restricciones de libertades que incorporó la 'Ley Mordaza'. Sin embargo, desde el PSOE aún no se han pronunciado. En todo caso, desde la formación morada han señalado que los socialistas en ningún caso han comunicado su intención de desdecirse del acuerdo de gobierno al respecto.
El portavoz de Unidas Podemos, Pablo Echenique, también se ha pronunciado a través de Twitter dejando claro el objetivo de derogar la norma: "Que el Tribunal Constitucional haya avalado la ley mordaza es preocupante. Pero también es, en cierto modo, irrelevante, porque la vamos a derogar".