Un juzgado de Barcelona ha condenado a penas de un año y medio de prisión, además de indemnizaciones que suman 44.275 euros, a cinco vigilantes de seguridad de la estación de tren de Sants por humillar y acosar laboralmente a un empleado homosexual entre los años 2002 y 2003.
El juzgado de lo penal número 23 de Barcelona condena a los procesados por los delitos contra la integridad moral y lesiones psíquicas, incluyendo además los agravantes de discriminación.
Sin embargo, el juzgado ha reducido las penas a cuenta de las dilaciones en el tiempo en el que la causa ha estado paralizada de manera indebida durante su fase de instrucción. Una circunstancia que, en este caso, se ha aplicado como atenuante.
Los procesados, además, deberán pagar una indemnización que asciende en total a los 30.000 euros por los daños morales que le causaron, además de otros 14.275 euros como consecuencia de los días que permaneció de baja laboral como consecuencia de estos hechos.
La pena de prisión se reduce respecto a las peticiones de la Fiscalía de Delitos de Odio, que en este caso solicitaba penas de dos años y medio de prisión para los vigilantes de seguridad involucrados.
De esas indemnizaciones deberán responder las empresas de vigilancia para las que trabajaban los condenados, como responsables civiles subsidiarias por no haber impedido este caso de acoso laboral.
Acoso diario sin que la empresa interviniese
El juzgado considera probado que el denunciante fue víctima de acoso sistemático y diario desde que entró a trabajar como vigilante de seguridad en enero de 2002 en la estación de Renfe de Sants.
Desde entonces, fue sometido a "constantes vejaciones consistentes en insultos, mofas y actos de ridiculización" por motivo de su orientación sexual, lo que acabó derivando en una situación de acoso laboral, dejándole siempre las tareas más penosas y buscando perjudicarle personalmente.
Las amenazas e insultos que vertían los condenados no dejaban lugar a duda sobre el verdadero trasfondo de las agresiones: "En Sitges solo hay mariconas y deberían estar colgadas del cuello", "yo pego con porra y tú con el bolso", "los maricones no pueden ser vigilantes" o "rata de alcantarilla" son solo algunos de los insultos que tenía que escuchar a diario.
De hecho, los acosadores formaban parte de un grupo que se conocía en la emrpesa como "los cabeza rapada o sin sangres", un apelativo que, según la sentencia obedecía "a su ideología o manera de trabajar".
La víctima empezó a experimentar una sensación de angustia por el simple motivo de acudir a su puesto de trabajo, llegando a volver a casa con el uniforme puesto para evitar una situación de acoso y no cruzarse con sus acosadores.
Sus superiores no tomaron ninguna medida "para remediar esa situación laboral", lo que llevó a que tuviera que estar de baja entre febrero y mayo del año 2002 por un trastorno de ansiedad.
En cuanto volvió a su puesto de trabajo, según la sentencia, la situación no fue distinta. Le colocaban lazos y pañuelos rosas en su taquilla personas, dibujos de contenido obsceno, así como todo tipo de comentarios despectivos.
Además, durante el turno laboral, se le asignaban todo tipo de labores especialmente duras, de "castigo" por su jefe de equipo, como trabajar al descubierto bajo la lluvia o en las denominadas "estaciones muertas" sin apenas pasajeros.
Ese acoso llegaba hasta el punto de que su jefe de servicio no recogía su arma de servicio con el objetivo de retrasar su salida y que perdiera el último tren con destino a su residencia de Sitges, algo que se prolongó hasta el mes de junio de 2003.
La empresa hizo una investigación interna que se saldó en que no había pruebas para acreditar el acoso. Una persecución que continuó posteriormente "consentida plenamente por los superiores de la empresa", lo que derivó en una nueva baja médica entre agosto de 2003 y enero de 2004.