Se ha publicado la sentencia de la Audiencia Provincial de Segovia alrededor del caso del hombre que abusó sexualmente de Valeria Quer en 2017. El acusado ha sido condenado a dos años de prisión por este abuso que ocurrió cuando él tenía 35 años y ella era menor de edad, con 17 años.
Además, la condena incluye una orden de alejamiento de la víctima de 500 metros durante cinco años, así como el pago de una indemnización de 3.000 euros por los daños causados. Sin embargo, la condena es menor a la que solicitó la Fiscalía, que era de seis años de prisión y diez de orden de alejamiento; y la que solicitó la acusación particular, de diez de cárcel y quince de alejamiento.
El acusado aprovechó su estado de embriaguez
El juicio se celebró los días 23 y 24 de marzo a puerta cerrada en la Sala de Vistas de la Audiencia de Segovia, tiempo después de que la víctima denunciase la agresión en septiembre de 2017. Aquí, se le acusó de "abusos sexuales con penetración aprovechando que la víctima estaba privada de sentido por el alcohol ingerido".
El acusado estuvo en las fiestas locales de Majadahonda, donde coincidió con Valeria Quer y pasaron la noche en el mismo grupo de personas. La víctima fue a dormir a casa de su amiga, pero al despertar a la mañana siguiente, aún en un alto estado de embriaguez, volvió a encontrarse con el acusado. Cuando se encontraron, la recogió en su coche, le hizo beber más y ella quedó inconsciente.
Durante el trayecto, el acusado "le realizó varios tocamientos de carácter sexual", que se fueron repitiendo mientras ella estaba en dicho estado. La víctima despertó a las dos de la tarde en una casa de Carabias, Segovia, con señales de haber sido violada, cosa que no recuerda por la mezcla del alcohol y los antidepresivos que estaba tomando por aquel entonces.
Las consecuencias psíquicas
Después de los hechos, la incertidumbre sumada con el padecimiento psíquico que sufría la víctima tras lo vivido por la desaparición de su hermana mayor, Diana Quer, le llevaron a permanecer ingresada cuatro meses con trastorno de estrés postraumático.
Hay pruebas que demuestran estos acontecimientos, aunque no se pudo aclarar si hubo o no penetración, por lo cual la condena es menor. La sentencia menciona la intencionalidad de "incrementar la intoxicación etílica" de la víctima para anular su voluntad y, además, "la conducta delictiva prolongada en el tiempo". Los magistrados consideran al acusado "responsable en concepto de autor por su participación material, voluntaria y directa en la comisión de los hechos".