El Gobierno ha aprobado en el Consejo de Ministros, finalmente, el ingreso mínimo vital, que se podrá solicitar desde este 15 de junio. Se trata de una ayuda de último recurso destinada para aquellos que no alcancen unos umbrales mínimos de renta. El Gobierno finalmente ha pulido algunos de los resortes que habían publicado en el borrador durante los últimos días y finalmente ha dado luz verde a esta medida.
Las ayudas que concederá el Gobierno se conjugarán con las que actualmente proporcionan las autonomías, de forma que se podrán cobrar las dos líneas de ayudas sin que sean incompatibles entre sí. Esas ayudas actualmente cuentan con casi 300.000 beneficiarios. Las del Gobierno, por su parte, casi triplican esa cifra: habrá 850.000 familias que podrán acceder a ella.
Lo que aprueba el Consejo de Ministros es una ayuda que complementa los ingresos de las familias de los hogares más vulnerables. La Seguridad Social lo define como aquel que tiene una renta 10 euros inferior o más del umbral mínimo que completará el Estado. Con todo, una familia que cumple los requisitos le corresponde una renta mínima de 1.015 euros tendrá derecho al complemento si ingresa 1.005 euros o menos.
1 ¿Quién puede cobrar el ingreso mínimo vital?
A pesar de que habrá un titual de derecho, la ayuda se destina a la "unidad de convivencia", es decir, en función de la situación de cada hogar. Para recibirla, deberá acreditarse una situación de vulnerabilidad, es decir, que la renta mensual de una familia quede 10 euros por debajo de la cifra que le correspondería.
Aquí empiezan una serie de requisitos como que el titular de la ayuda sea mayor de edad si tiene hijos o personas a su cargo. Si el hogar está compuesto solo por un individuo, además, deberá ser mayor de edad.
Hay un último detalle que queda conocer a través del BOE, la edad mínima que en unos casos se ha fijado en 23 años y en otros en 21. También, deberán pasar tres años desde que la persona se emancipara, aunque este requisito se elimina si la persona ha sido víctima de malos tratos o trata.
Las personas que residen en España desde hace más de un año también pueden ser beneficiarias, aunque nuevamente esta exigencia se elimina cuando la persona ha sido víctima de malos tratos o trata.
2 ¿Cuánto dinero voy a cobrar por el ingreso mínimo vital?
El ingreso mínimo vital no se plantea como un salario o paga que van a recibir los ciudadanos para no trabajar, sino como un complemento que garantizará el derecho a una vida digna, una extensión del salario que permita cubrir las necesidades más básicas de la población.
Por este motivo, no hay una cuantía fija, sino que atiende a la situación de cada familia, además de su renta. Hay 14 tipos de hogar, que van desde el adulto solo (que recibiriá 461,5 euros mensuales) hasta familias compuestas por tres adultos y dos niños o más, o por cuatro adultos y un niño (que recibirán 1.015 euros).
El Ministerio analizará las solicitudes para comprobar qué aportación se corresponde con cada unidad familiar en particular. Además, el ingreso se cobrará durante un período determinado en el que la persona mejore su trabajo o directamente encuentre uno, de forma que le salga a cuenta trabajar y pueda abandonar la línea de ayudas con un puesto consolidado.
3 ¿Cómo se medirá la renta?
En principio, la renta mínima toma la renta neta del año anterior. Pero esto no es así exactamente en la práctica. Como este método deja fuera a los afectados por la crisis económica del coronavirus, el último borrador incluye una disposición adicional que permite el acceso de este colectivo tomando en cuenta los ingresos proporcionales correspondientes al período de tiempo transcurrido en 2020.
Esta excepción se mantendrá este año, pero se eliminará posteriormente, puesto que el ingreso mínimo vital no se plantea únicamente para una situación como la actual, sino que se espera que sea una medida con carácter permanente.
También habrá herramientas para actuar cuando una persona sufre caídas bruscas de ingresos en un año, como por ejemplo un despido que le deja en situación de desempleo. De esta manera, no tendrá que esperar un año completo hasta solicitar la ayuda. El patrimonio en propiedad de la persona, como los bienes inmuebles y las cuentas corrientes, también se tendrán en cuenta a la hora de conceder o denegar las ayudas.
4 ¿Tengo que estar apuntado en el paro para recibir el ingreso mínimo vital?
En principio, esta ayuda se puede combinar con trabajos, sobre todo de carácter precario, con el objetivo de alcanzar la cuantía suficiente para tener una vida digna y que salga a cuenta trabajar de cara a un futuro laboral con mejores perspectivas.
Si se encuentra en desempleo, la persona debería inscribirse como demandante de empleo en los servicios públicos de empleo. Sin embargo, este requisito genera polémica. La Asociación de Directoras y Gestores de Servicios Sociales señalan que hay muchas personas que necesitan este ingreso pero que por problemas como el alcoholismo o enfermedades mentales, no tienen la posibilidad de acceder a un puesto de trabajo.
5 ¿Quién gestionará el ingreso mínimo vital?
Será el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) que lo gestionará en toda España, excepto en Navarra y el País Vasco, donde se ha pactado con el PNV la transferencia a ambas comunidades autónomas.
Sin embargo, se deja margen a las comunidades y ayuntamientos para la gestión de los expedientes que posteriormente el INSS tendrá que aceptar o denegar. De esta forma, se permite que las autonomías tengan el contacto directo con los solicitantes.
6 ¿Cuánto va a costar el ingreso mínimo vital?
El ministro José Luis Escrivá ha cifrado el coste del ingreso mínimo vital en unos 3.000 millones anuales que se pagarán mediante una transferencia que el Ministerio de Hacienda realizará a la Seguridad Social.
El Ministerio también espera que los Ayuntamientos de toda España puedan adherirse al ingreso mínimo vital, de forma que puedan incrementar la cuantía del gasto de personal en un 5%.