Son seis las compañías aéreas que siguen cobrando suplementos por viajar con equipaje de cabina a sus pasajeros, a pesar de ser considerada una práctica "abusiva y contraria" a los derechos de los consumidores. según varias sentencias judiciales que ya la han condenado desde el año pasado.
Desde que se empezaron a suavizar las restricciones sanitarias por la pandemia, los viajes en avión han aumentado exponencialmente su demanda, cada vez más personas ansían tener sus vacaciones y escapadas deseadas después de un tiempo sin poder hacerlo. Con esto, se ha observado un incremento en los precios de los vuelos, pero también en las tarifas que respetan al equipaje.
Las populares compañías conocidas como "Low Cost", empezaron a reducir el tamaño de los bultos permitidos dentro de la cabina del avión, hasta entonces gratuitos, y la opción más asequible para muchos de los viajeros. En la actualidad, es común que muchos de los pasajeros se encuentren a puertas del embarque, teniendo que pagar un importe extra. Las empresas se justifican apuntando a un aumento en sus costes propios, debido a la inflación.
Las compañías y los precios del equipaje
Las aerolíneas que cobran a sus pasajeros por subir al avión con una maleta de cabina son, según apunta un estudio de la OCU: Easyjet, Eurowings, Norwegian, Ryanair, Vueling y Wizz Air. Los precios de los suplementos varían entre los 5 y los 40 euros, dependiendo de la compañía y tarifa de vuelo.
El estudio ha analizado a 23 empresas aéreas según sus condiciones de equipaje de mano permitido. Así, la OCU ha llegado a la conclusión de que Easyjet cobra entre 7,99 y 16,99 euros con la tarifa estándar; Eurowings desde 15 euros con la tarifa Basic; Norwegian, entre 7 y 14,90 euros con la tarifa Low Fare; Ryanair (entre 8 y 32 euros con la tarifa Value, Vueling, entre 9,50 y 20 euros con la tarifa Basic y Wizz Air, entre 5 y 40 euros con la tarifa Basic.
Una sentencia judicial lo prohíbe
Son varias las sentencias que han condenado esta práctica, entre ellas la última es la del 17 de junio de 2022 del Juzgado de lo Mercantil nº1 de Madrid. Además, la propia Ley de Navegación Aérea indicaría que el transporte del pasajero y su equipaje deberían incluidos de manera gratuita en el precio del billete.
Por su parte, las aerolíneas justifican saltarse las sentencias debido a que sus tarifas de equipaje están amparadas por el Reglamento CE 1008/2008, que estableció la total liberalización de precios en el sector del transporte. Sobre el tamaño de los bultos, no existe una medida estándar, pero la Agencia Internacional de Transporte Aéreo (IATA) recomienda las dimensiones de 55x35x20 cm, aunque este tamaño es superior a lo establecido por la mayoría de las compañías aéreas.
Por ello, si nos encontramos en esta situación, la OCU anima a todos los consumidores afectados a reclamar aquellos cobros extra que se les apliquen por embarcar la maleta de cabina, además de dirigirse a las autoridades competentes en consumo de su Comunidad Autónoma para que inicien las actuaciones sancionadoras.