La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una multa de 413,2 millones de euros a la plataforma Booking por abusar de su posición de dominio e infringir los artículos 2 de la Ley de Defensa de la Competencia y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Se trata de una sanción histórica, puesto que representa la mayor multa impuesta por el organismo en toda su historia. En un comunicado, la CNMC explica que la plataforma "ha cometido dos abusos de su posición de dominio". La cuota de mercado de Booking en España en el período investigado oscila entre el 70% y 90%.
Estas infracciones se fijan desde enero de 2019 por "imponer varias condiciones comerciales no equitativas a los hoteles situados en España que emplean sus servicios de intermediación de reservas y restringir la competencia de otras agencias de viajes en línea que ofrecen sus mismos servicios".
En todo caso, contra la sentencia se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de recibir la notificación.
¿Qué efectos tienen las sanciones de la CNMC?
La CNMC no cesa en su combate a las prácticas anti competencia y cuenta con sanciones a organismos relevantes a sus espaldas. En junio, por ejemplo, ha impuesto 6,4 millones de euros a la SGAE por "abusar de su posición dominante" en las tarifas a radios y televisiones; pero en 2022 también fue el turno de Enel por el transporte de energía eléctrica o a Correos por un "sistema anticompetitivo" en sus descuentos.
Sin embargo, las sanciones que impone el organismo encuentran un freno. Se trata de las sentencias de la Audiencia Nacional, un órgano que ha llevado a anular la mayor parte de las sanciones y ante el que Booking ya ha acudido "decepcionado" por la decisión de la CNMC.
Solo en 2022, la Audiencia Nacional revocó una de cada dos sanciones. Los ejemplos se suceden. En febrero de 2024 anuló una multa histórica a Apple y Amazon porque era demasiado elevada y en mayo anuló una multa a Cobra y Sacyr por cártel ferroviario. Sin embargo, también hay casos en el sentido contrario, como en mayo, cuando ratificó ocho multas de 19,5 millones euros en total a Naturgy por manipular el mercado.
Las multas de la CNMC, en todo caso, tienen un tope. La Ley de Defensa de la Competencia (LCD) establece que no pueden superar el 10% de todo el volumen de negocio registrado en el año previo, que lleva a que la Comisión tenga poco margen en muchas ocasiones para calibrar el margen de las sanciones. Además, se establecen otros límites, como un tope de 60.000 euros a los directivos por prácticas contra la competencia.
Efectos disuasorios
Con multas en muchas ocasiones anuladas y topes tan limitados, el efecto de las sanciones en muchas ocasiones se limitan al efecto disuasorio. Es decir, a que las prácticas abusivas salgan realmente a la luz y que las empresas se lo piensen dos veces antes de cometer este tipo de movimientos.
Sin embargo, algunos organismos de consumidores han reclamado que las sanciones se vean incrementadas para tener un verdadero efecto disuasorio. Por otro lado, las propuestas de mejora no se limitan al régimen sancionador, sino a fomentar nuevas prácticas como el desarrollo de una cultura empresarial responsable que llegue a todas las capas del sector, una apuesta por la formación relacionada con las prácticas legales e ilegales en el mercado y, en el caso de los clientes, concienciar sobre las normas que pueden resultar abusivas.