La elevada inflación que se encuentra sufriendo nuestro país desde hace meses está provocando una subida de tipos y la vivienda está siendo uno de lo sectores más afectados. Aunque tan solo un 5% de las personas jubiladas vive de alquiler, si lo que tienen es una pensión no contributiva, puede ser que tengan dificultades para llegar a fin de mes.
Ante esta situación, cualquier ayuda resulta beneficiosa. Por ello, ahora el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) ofrece este nuevo cheque de 525 euros llamado "complemento por alquiler". Sin embargo, para poder recibirlo se hace necesario cumplir una serie de requisitos.
Condiciones para recibir esta ayuda
Este cheque tiene como objetivo ayudar a las personas que no cuentan con una vivienda en propiedad, por lo que deben pagar un alquiler. A pesar de esto, no todos los pensionistas pueden solicitarlo.
Dentro de las personas jubiladas que cobran pensión, hay que diferenciar entre la contributivay la no contributiva. Este segundo grupo será el de las personas que puedan optar por los 525 euros. Esto quiere decir que las personas que no han cotizado el tiempo suficiente para cobrar la modalidad de pensión contributiva de la Seguridad Social, serán las que puedan optar a este pago, ya que su pensión no llega al SMI (Salario Mínimo Interprofesional).
Sin embargo, dentro de estas personas deben cumplirse otro requisitos:
- No tener una vivienda en propiedad.
- Ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda.
- Tener una pensión de jubilación o invalidez de la Seguridad Social en modalidad no contributiva.
- No tener relación conyugal o de parentesco hasta el tercer grado con el arrendador de la vivienda alquilada.
- Tener fijada su residencia como domicilio habitualen una vivienda alquilada. De esta forma, la vigencia del arrendamiento no ha de ser inferior a un año y debe haber residido en la misma durante un periodo mínimo de 180 días anteriores a la fecha de solicitud del cheque.
Cómo solicitar el cheque
Antes de solicitar la ayuda de 525 euros, será necesario tener en cuenta que, si en la misma vivienda habitan dos o más personas con una pensión no contributiva, solo podrán disponer del cheque quienes sean titulares del contrato de arrendamiento.
Los interesados podrán ponerse en contacto con los órganos competentes de las Comunidades Autónomas, Diputaciones Forales del País Vasco y Navarra y Direcciones Territoriales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales de Ceuta y Melilla. Puede solicitarse además de forma tanto presencial como telemática, pero si se elige la modalidad online, será necesario aportar el DNI electrónico. El plazo para este año terminará el 31 de diciembre y a partir del 1 de enero de 2024 se podrá empezar a solicitar la ayuda para ese año.