Entre las ayudas recogidas por la Seguridad Social, se encuentra el Ingreso Mínimo Vital (IMV), una prestación destinada a la prevención de la pobreza y exclusión social en personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades esenciales.
Acceder a esta asistencia depende de una serie de requisitos, más allá de la ausencia de recursos, con unos límites de ingresos y otros criterios fundamentales para alcanzar su elegibilidad.
Los criterios se recogen en la Ley 19/2021, pero recientemente ha registrado una pequeña modificación mediante el Real Decreto-ley 8/2023, del 27 de diciembre,, recogido en el Boletín Oficial del Estado (BOE), en el que se introducen determinadas modificaciones.
Acceso al IMV
Para acceder al Ingreso Mínimo Vital es fundamental contar con una residencia legal en España durante, al menos, un año. La edad también es un criterio fundamental, puesto que se exige tener al menos 18 años.
También se excluyen las pensiones contributivas de jubilación o incapacidad permanente, así como la obligación de haber solicitado todas las pensiones y prestaciones disponibles.
Baremos
Además, se fijan unos daremos de ingresos para acceder a esta prestación, situando como eje la composición del hogar y sus ingresos. Los beneficiarios individuales tendrán un límite anual fijado en 14.544 euros por hijo menor de 18 años o menor a cargo, ya sea con o sin discapacidad inferior al 33%.
Las familias numerosas tendrán un umbral de rentas de 21.888 euros anuales, con un incremento adicional de 3.546 euros anuales por hijo a partir del cuarto. La asignación económica por hijo se mantiene en 588 euros anuales. Para rentas más bajas, asciende hasta 637,92 euros.
La Seguridad Social calcula la asignación en función de las personas mayores de 14 años y menores de esta edad en el hogar, así como el intervalo de ingresos de sus componentes.
Cuantías
Las cuantías han experimentado un incremento del 6,9% en 2024 y se alinean con las pensiones no contributivas. No buscan reemplazar, sino complementar las rentas percibidas por el beneficiario.
- Unidades de convivencia de un adulto: 604,38 euros al mes (7.252,56 euros anuales)
- Unidades de convivencia de un adulto y un menor: 785,7 euros al mes (9.428,40 euros anuales)
- Unidades de convivencia de un adulto y dos menores: 967,01 euros al mes (11.604,12 euros anuales)
- Unidades de convivencia de un adulto y tres menores: 1.148,33 euros al mes (13.779,96 euros anuales)
- Unidades de convivencia de un adulto y más de tres menores: 1.329,65 euros al mes (15.955,80 euros anuales)
- Unidades de convivencia de dos adultos: 785,7 euros al mes (9.428,40 euros anuales)
- Unidades de convivencia de dos adultos y un menor: 967,01 euros al mes (11.604,12 euros anuales)
- Unidades de convivencia de dos adultos y dos menores: 1.148,33 euros al mes (13.779,96 euros anuales)
- Unidades de convivencia de dos adultos y tres o más menores: 1.329,65 euros al mes (15.955,80 euros anuales)
- Unidades de convivencia de tres adultos: 967,01 euros al mes (11.604,12 euros anuales)
- Unidades de convivencia de tres adultos y un menor: 1.148,33 euros al mes (13.779,96 euros anuales)
- Unidades de convivencia de tres adultos y dos o más menores: 1.329,65 euros al mes (15.955,80 euros anuales)
- Unidades de convivencia de cuatro adultos: 1.148,33 euros al mes (13.779,96 euros anuales)
- Unidades de convivencia de cuatro adultos y un menor: 1.329,65 euros al mes (15.955,80 euros anuales)
- Para otras unidades de convivencia: 1.329,65 euros al mes (15.955,80 euros anuales)
Para familias monoparentales o con un menor con discapacidad igual o superior al 65%, las cuantías difieren ligeramente:
- Unidades de convivencia de un adulto y un menor: 918,66 euros al mes (11.023,92 euros anuales)
- Unidades de convivencia de un adulto y dos menores: 1.099,90 euros al mes (13.198,80 euros anuales)
- Unidades de convivencia de un adulto y tres menores: 1.281,30 euros al mes (15.375,6 euros anuales)
- Unidades de convivencia de un adulto y más de tres menores: 1.462,62 euros al mes (17.551,44 euros anuales)
Además, en complemento mensual de ayuda para la infancia, se incorpora al IMV con las siguientes asignaciones:
- Menores de tres años: 122,93 euros
- Mayores de tres años y menores de seis años: 86,05 euros
- Mayores de seis años y menores de 18 años: 61,46 euros