Una Asociación de Abducidos por los Alienígenas en España. Ese es el procedimiento que ha iniciado el Ministerio del Interior que, finalmente, ha sido denegado porque la notificación no ha sido gestionada finalmente por causas no imputables a la Administración.
El procedimiento no se ha llevado a cabo en inscripción en el registro. Sí se abrió un procedimiento, pero no ha culminado porque no no cumple con los requisitos que establece la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, que regula el Derecho de Asociación.
El anuncio se realizó en el BOE el pasado 10 de agosto y el documento, que firmó José Rafael Rojas Juárez, subdirector general de Asociaciones, Archivos y Documentación, no recoge más datos sobre la asociación.
El BOE señala que no se pudo notificar "por causas no imputables a la Administración", por lo que "por el presente anuncio se procede a la notificación de la resolución por desistimiento de fecha de 7 de junio de 2021 del procedimiento de inscripción".
Sin inscripción
La inscripción en este registro es garantía de que la asociación se ha constituido legalmente. Además, es uno de los requisitos fundamentales para acceder a las ayudas económicas y otras medidas de fomento que las Administraciones Públicas ponen a disposición de las asociaciones inscritas.
El Ministerio del Interior explica que "las asociaciones son entidades sin ánimo de lucro que se constituyen mediante acuerdo de tres o más personas físicas o jurídicas legalmente constituidas, que se comprometen a poner en común conocimientos, medios y actividades para alcanzar unos fines lícitos de interés general o particular. El acuerdo de constitución, que incluirá la aprobación de los estatutos, deberá formalizarse mediante acta fundacional, en documento público o privado", explica en una guía oficial.