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El DNI 4.0 entra en vigor: Así es el nuevo formato

El nuevo Documento Nacional de Identidad presenta una serie de novedades que lo adaptan a los estándares europeos.

El DNI 4.0 entra en vigor: Así es el nuevo formato

A partir del lunes 2 de agosto, aquellos que acudan a renovar su Documento Nacional de Identidad se encontrarán con una versión actualizada. Se trata del DNI 4.0, el nuevo modelo que entra en vigor para adaptarse a la normativa europea. Pero, ¿cuáles son las novedades que lo diferencian de sus versiones anteriores?

Pues bien, el nuevo modelo anunciado por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, a finales de 2020, responde al cumplimiento de la normativa europea sobre el refuerzo de la seguridad de los documentos de identidad de los ciudadanos que ejerzan su derecho a la libre circulación. Esta iniciativa pretenda evitar el fraude de los documentos de viaje a través de la incorporación de nuevas medidas, tanto visibles como invisible, a los documentos de los países de la Unión Europea.

Como parte de este plan europeo, el nuevo DNI 4.0 cuenta ahora una serie de novedades que lo hacen muy diferente al documento de identidad al que estamos acostumbrados. En primer lugar, en esta línea de estandarización con la Unión Europea y de asemejar el documento al de los países vecinos, el nuevo DNI incluye la denominación en inglés 'National Identity Card', de acuerdo a la normativa que exige que el documento figure en al menos una lengua oficial de las instituciones.

Además, también figura la bandera de la Unión Europea, la denominación de "España" cambia a "Reino de España", y se ha añadido el código ES (España) rodeado de las estrellas amarillas, símbolo europeo.

Más allá de la estandarización con Europa, las nuevas novedades se han orientado a reforzar la seguridad. De este modo, el nuevo DNI incluirá un medio de almacenamiento de alta seguridad con una imagen facial de su titular y dos impresiones dactilares en formatos digitales para evitar el fraude y falsificaciones.

Por otro lado, una de sus novedades más destacables se encuentra todavía en desarrollo. Se trata de una aplicación gratuita que permitiría en un futuro próximo, la acreditación de identidad, e incluso, la utilización de la firma electrónica de forma mucho mas accesible desde el propio dispositivo móvil.

Además, este DNI servirá para acreditar la identidad digital de los ciudadanos españoles, sin la necesidad de recurrir especialmente a un DNI electrónico como se requería hasta ahora.

Pero la Unión Europea va más allá en cuanto a la practicidad del DNI y, de cara al futuro, plantea que este documento pueda servir también como forma de comunicación con las administraciones y permita resolver distintas gestiones como el pago de impuestas o multas.

Críticas del sector de la fotografía

El DNI 4.0 presenta importantes novedades
El DNI 4.0 presenta importantes novedades Policía Nacional

También en desarrollo se encuentra otro de los cambios mas significativos de esta nueva versión del documento, encaminada a reducir los tiempos de espera en las expediciones y renovaciones. Se trata del sistema 'DNI Express', que además de acelerar los tramites burocráticos, permitirá el pago de tasas mediante tarjeta bancaria, y incrementará la seguridad obteniendo la fotografía 'in situ'.

Este último cambio ha despertado la polémica, y es que el sector de la fotografía ha criticado que la medida podría significar una pérdida de hasta 45 millones de euros al año.

De esta forma, el presidente de la Federación española de profesionales de la fotografía y la imagen (Fepfi), José Luis Pozo, aseguró a EFE que la previsión para el sector tras la implantación del nuevo DNI "es muy mala". Fepfi calcula que las fotografías destinadas al DNI suponen para las tiendas del sector el 25 % de su facturación, pero el 30 % del beneficio.

Respecto a la validez del nuevo Documento Nacional de Identidad, ésta será de 5 años como mínimo y de 10 años como máximo.

Para renovar tu DNI y acceder a esta nueva versión hay que tener presente que la renovación se deberá realizar dentro de los últimos 180 días de vigencia y para su tramitación será imprescindible la presencia física del titular, abonar la tasa correspondiente, y aportar los siguientes documentos: Una fotografía reciente en color del rostro del solicitante; el DNI anterior; un certificado de empadronamiento en caso de cambio de domicilio; un Certificado del Registro Civil en caso de variación de los datos de filiación; y, en caso de que el titular del docuemtno sea menor de 14 años, será necesaria la presencia de la persona que tenga encomendada la patria potestad o tutela.

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