Día de celebración para los animalistas, ya que una de las principales reclamaciones de los colectivos de defensa de los animales se atiende en el Parlamento de los diputados: un cambio en el régimen jurídico de las mascotas que implica que los animales dejen de ser "cosas" para pasar a ser consideraos a nivel legal como "seres vivos".
El Congreso de los Diputados debate esta tarde una propuesta de Ley del Grupo Popular, que implica modificaciones en el Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, a fin de comenzar a considerar a los animales "seres vivos dotados de sensibilidad". La propuesta será aprobada mañana, miércoles, con el apoyo del resto de grupos.
El texto de sobre el régimen jurídico de los animales publicado en el Boletín de las Cortes recorre casos de legislación en otros países que han seguido este camino para dejar de considerar a los animales de compañía bienes muebles. Austria lo reguló en 1986; Alemania en el 90, y luego fortaleció la protección legal de los animales en el 2002, así como Suiza; Francia en el 2015, o nuestros vecinos portugueses en el año 2017. Además, recuerda el documento, el artículo 13 del Tratado de Funcionamiento de la UE reclama a los países miembros considerar a los animales "seres sensibles".
Atender al bienestar del animal y rechazar el maltrato
En la propuesta se demarca que el propietario de animales debe basar su relación con estos a "atender al bienestar del animal, evitando el maltrato, el abandono y la provocación de una muerte innecesaria". El Código Civil también especifica textualmente que: "el propietario de un animal puede disfrutar y disponer de él respetando su cualidad de ser dotado de sensibilidad y asegurando su bienestar conforme a las características de cada especie". Especifica una vez más que este "derecho de uso no ampara el maltrato".
Respecto a los casos de divorcio es donde se halla uno de los puntos fundamentales. En el Código Civil se propone la introducción de un bis del artículo 94, que deja capacidad al juez para decidir con qué miembro de la pareja debe vivir el animal, atendiendo al bienestar de la mascota y no exclusivamente al título de propiedad. Este aspecto se concreta en la medida 2 y siguientes del artículo 103, que añade: "Determinar, atendiendo al interés de los miembros de la familia y al bienestar del animal, si los animales de compañía se confían a uno o a ambos cónyuges". Se contempla la posibilidad de repartir el tiempo de disfrute de cada cónyuge, y también se expone la posibilidad de que el juez pueda tomar "medidas cautelares convenientes para conservar el derecho de cada uno".
El texto recuerda que, respecto a casos de divorcio y separación, ha habido episodios muy sonados en los tribunales recientemente. Posiblemente, uno de los más cercanos y sonoros fue el del perro que compartían los YouTuber Miare y DalasReview. Un año después de la separación de la pareja, el juez dictaminó que el perro debía separarse de Miare, con quien venía conviviendo, para vivir con DalasReview, propietario legal del animal. Una decisión tomada por el tribunal atendiendo al perro como "cosa" a nivel jurídico, pero sin valorar el bienestar de la mascota. Casos como este son los que regula esta nueva legislación, donde los tribunales disponen de un marco que atiende a la sensibilidad y bienestar de los animales.