La Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aesan) ha lanzado una advertencia ante la venta de determinados lotes de lentejas que se están distribuyendo en algunos supermercados españoles. Para ello, pone el foco sobre el etiquetado de alérgenos (EPA), para advertir sobre la posible presencia no intencionada de estas sustancias, como puede suceder de manera relativamente habitual con el gluten en el caso de las lentejas.
Por ello, Aesan pide que el etiquetado especifique que se advierta sobre el riesgo de que las legumbres que hayan estado expuestas a contaminación cruzada tengan esta advertencia, ya que las consecuencias pueden ser graves.
El organismo, dependiente del Ministerio de Sanidad, explica que el cultivo de las leguminosas es rotativo con cereales como el trigo, cebada o centeno; lo que da lugar a que entre las plantas puedan crecer las semillas de cereales cosechados en la campaña anterior. Además, está en riesgo por el uso compartido de maquinaria agrícola como cosechadoras o camiones y el almacenaje de la producción.
Por todo ello, desde la agencia consideran que los operadores que comercializan lentejas deberían incluir en la etiqueta de los alimentos que comercializan una indicación del tipo: "Puede contener gluten", siempre y cuando exista una posibilidad de contaminación cruzada durante la producción.
La ley obliga
La Aesan recuerda que esta propuesta simplemente cumple con la actual normativa, en concreto con el Real Decreto 126/2015 de 27 de febrero, que pide facilitar esta información a los consumidores de acuerdo con la normativa europea y nacional para cada modalidad de venta.
Asimismo, recomiendan que los hogares con consumidores celiacos hagan un cribado y revisen a conciencia las legumbres secas, especialmente las lentejas antes de la cocción. Con este simple gesto, los pacientes con alergia al gluten pueden asegurarse que no encontrarán presencia de este alérgeno en su plato.
Por último y siempre en el caso de las lentejas crudas secas o en conserva, siempre atendiendo a que no se puede asegurar la ausencia de gluten en este caso, la Aesan considera que los operadores alimentarios podrían hacer uso de la declaración "sin gluten" si pueden asegurar que comercializan productos con menos de 20 miligramos de gluten por kilo de lentejas.