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La agresión a una pareja al grito de "maricones" no es delito de odio, según la justicia

La Audiencia Provincial de Valladolid dice que no hubo delito de odio y solo imputa delito leve de lesiones.

La Audiencia Provincial de Valladolid ha ratificado que la agresión a una pareja de chicos llamándoles ''maricones'' y ''homosexuales'' no es un delito de odio.

El tribunal ha desestimado finalmente el recurso que interpusieron los dos jóvenes con la ya decisión tomada por un juzgado que no encajaba con lo que ocurrió en ese tipo penal. La jueza no reconoció como delito de odio la agresión homófoba a una pareja de gays al grito de ''maricones''.

El argumento

La Sección Segunda dice que se había producido que los dos jóvenes llamaron la atención a un grupo de seis personas, entre las que est´án los agresores, por tirar piedras a unos cisnes a la entrada de un parque de Valladolid. Los magistrados explican en el auto:

Esto y no la condición sexual de los denunciantes, es lo que motiva los hechos que surgen con posterioridad

Álvaro y José Manuel, los agredidos, denunciaron la agresión en junio de 2017 cuando paseaban agarrados de la mano sobre las 23.45 horas, según ellos. Entonces, vieron cómo tiraban piedras a unos cisnes que tenían unas crías y se acercaron para reprochar ese maltrato animal y amenazaron con llamar a la policía.

Los hechos

La Justicia no ve delito de odio ante una agresión homófoba
"La Justicia no ve delito de odio ante una agresión homófoba"

Uno de los miembros del grupo dijo literalmente que 'vienen de ahí atrás de darse por el culo' y que gritaron y mostraban actitud amenazante y agresiva gritando maricones, maricones o frases como 'separaos, que tiene sida' o 'vamos a llamar a la Policía para decirles que os hemos visto tocando a un niño'

A pesar de todo esto, la Audiencia Provincial de Valladolid ha ratificado que no es un delito de odio porque debe darse un móvil relacionado con la pertenencia o conexión de la víctima con un grupo que puede estar basado en la raza, el origen, la religión, las creencias o la orientación sexual e identidad de género, entre otros motivos.

Por ello, la abogada especializada en derechos LGTBI, Charo Alises dice que la decisión de la jueza está poco fundamentada 'porque la determinación de la motivación es una cuestión compleja que requiere de una investigación y un estudio detenidos y en profundidad' Pide además investigar de forma exhaustiva todos los indicadores e indica que 'la cuestión es que la sentencia no toma en consideración esos indicios a la hora de considerar que se trató de un delito de odio y se basa únicamente en un incidente anterior que considera el verdadero y único motivo de la agresión'

Desde Los Replicantes, nos unimos a luchar en todos los ámbitos contra la LGTBIfobia, tanto en el ámbito judicial como en la calle.

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