Ana había recibido hasta siete sanciones en cuatro meses por emplear el velo islámico en su puesto de trabajo. Sin embargo, la Justicia ha prohibido a Acciona continuar con esta actividad e incluso la ha sancionado, tal y como recoge El Mundo.
La empresa deberá indemnizar a la empleada con 12.000 euros
Ese es el auto de la jueza Pilar Ramos, que ha condenado a la empresa por un delito de vulneración del derecho fundamental a la libertad religiosa, así como ha obligado a suspender todas las sanciones que la empresa había interpuesto contra la trabajadora, que podrá que volver la posición laboral con la que contaba antes de todo el conflicto. Junto con todo ello, la empresa tendrá que pagarle los 4.491 euros que había dejado de percibir por las sanciones, más una indemnización de 7.892 euros en concepto de daños y perjuicios.
La jueza ha concluido que Ana llevaba el velo con el fin de manifestar su creencia religiosa y que la acción de la empresa tenía como único fin anteponer la estética. Considera, además, que la religión "no puede ser objeto de más restricciones que las previstas por la ley".
Un conflicto largo
Lo cierto es que la trabajadora había mostrado su intención de usar el hiyab en 2015, ocho años después de haber accedido al puesto. La central de Madrid le había autorizado sin mayor consideración, pero tras un día de uso del velo, la compañía le contestó que no se podía permitir ninguna prenda no incluida en el uniforme, porque no asegura el mantenimiento de "una imagen neutra y uniforme de la compañía frente a los diferentes clientes".
Ana volvió al día siguiente con el velo y la dirección consideró que debía ser suspendida un día de empleo y sueldo. Continuó con su actitud y le volvieron a suspender con dos días y seis, en lo que la empresa ya consideraba "una clara actitud de rebeldía".
La mujer intentó dialogar con la empresa y aseguró que lo sucedido había repercutido gravemente en su salud y le había ocasionado un daño y un perjuicio moral irreparable.
Continuó con su actitud, y fue sancionada en otras cuatro ocasiones, con ocho, diez, treinta y sesenta días sin empleo ni sueldo. Sin embargo, la jueza no ve apropiadas estas medidas puesto que, a su juicio, la trabajadora no había realizado ningún tipo de perjuicio a su empresa. En su normativa interna siquiera recoge una prohibición al velo de manera específica. Mientras tanto, Acciona tiene aún recurso de súplica.