Un hombre ha sido absuelto en Pamplona por un delito de lesiones, por el que la fiscal le pedía 2 años y 6 meses de prisión. El acusado, que realizó la agresión en pleno centro de la capital navarra, recibirá una indemnización de 180 euros pagada por la mujer por un delito de lesiones leves, ya que le propinó un manotazo.
Así se recoge en la sentencia emitida por el Juzgado de lo Penal número 1 de Pamplona, frente a la que cabe recurso ante la Audiencia Provincial de Navarra, en el que también se absuelve a una amiga involucrada en el caso, tal y como recoge Noticias de Navarra.
Los hechos se produjeron el pasado mes de mayo de 2017, sobre la 01:00 horas en la calle Navas de Tolosa, a la altura de la rotonda del Hotel Tres Reyes. Allí se encontraban las dos amigas que, según la sentencia, "habían ingerido bebidas alcohólicas en cantidad no determinada".
Una de ellas estaba orinando en el momento de la agresión, mientras la otra tapaba la escena. En ese momento, pasó un hombre que se paró a contemplar la escena, según la sentencia, que añade "En ese momento se inició una discusión entre el hombre y la joven en la que cruzaron expresiones como 'hijo de puta' y 'niñatas, os merecéis dos hostias'".
La mujer, con lesiones y secuelas en el peroné y antebrazos; el hombre, con enrojecimiento en el rostro
Según el escrito, la joven se abalanzó sobre el hombre, le dio un manotazo, que terminó tirando al suelo sus gafas. Según considera probado la jueza, en ese momento abofeteó a la joven con el ánimo de "apartarla" y la empujó "alejándola de sí, perdiendo en ese momento ella el equilibrio, por lo que trastabilló y cayó al suelo".
La pelea se saldó con sendos partes de lesiones. En el caso de la mujer, con una erosión en el antebrazo derecho y la fractura cerrada del peroné derecho, del maleolo externo del tobillo, que precisó de inmovilización con escayola duratne 1,5 a 2 meses. También debe tomar medicación y tiene como secuelas un fuerte dolor al estar de tiempo de pie y en deambulación.
Por su parte, el hombre absuelto presentaba un enrojecimiento en la zona izquierda del rostro. Y, por último, la amiga presentaba un hematoma en el muslo y contractura de ambos trapecios y prexisó de asistencia facultativa, con 7 días de perjuicio personal básico.
Sin embargo, la juez no considera probado el testimonio de las jóvenes porque en el informe médico no se registran marcas en la cara de las implicadas. Tampoco aprecia múltiples golpes por parte del hombre porque no tenían marcas a lo largo de todo el cuerpo.
Finalmente, la mujer tendrá que pagar una multa de 180 euros porque el enrojecimiento en la cara del varón demostraría que sí existió ese manotazo que denunciaba el joven.