Buscar
Usuario

Noticias

12 años de prisión para el hombre que bañó en agua hirviendo a su bebé de cinco meses

El acusado, que asegura que quería 'refrescar' al menor, achaca todo a un accidente a pesar de haber ocasionado quemaduras de segundo grado en el 70% del cuerpo del bebé.

12 años de prisión. Esa será la condena que tendrá que enfrentar un hombre por haber introducido a su hijo de tan sólo cinco meses en agua hirviendo. A pesar de que el acusado dice que lo hizo "sin querer", el pequeño cuenta con quemaduras de segundo grado en el 70% de su cuerpo.

Con esta decisión, el acusado cumplirá con la condena íntegra que solicitó la Fiscalía para él cuando se celebró la primera sesión del juicio el pasado mes de enero de 2017. Para todo ello ha sido fundamental la decisión del juez, que ha determinado que el condenado "sabía en todo momento lo que hacía".

La defensa del acusado sostuvo que el chorro de agua hirviendo salió de manera espontánea cuando accionó el monomando de la ducha. Sin embargo, el juez cree que el agua salió realmente de un cazo que tiró contra el pequeño, ya que considera prácticamente imposible que el grifo de la ducha soltase agua a una temperatura de entre 40 y 70 grados en el preciso instante de accionarla.

La agresión dejará secuelas para el resto de su vida en el cuerpo del menor. La elevada temperatura del líquido y el frágil cuerpo del bebé, provocaron que el calor deformase su estructura ósea. Precisamente por ello, el juez le ha condenado a un delito de lesiones por deformidad.

El acusado mantiene que todo lo sucedido fue parte de un accidente
"El acusado mantiene que todo lo sucedido fue parte de un accidente"

Por otro lado, el padre tiene a partir de ahora terminantemente prohibido acercarse al bebé a menos de 500 metros hasta un período superior a quince años por encima de su condena, es decir, 32 años en total. Tampoco podrá ponerse en contacto con él, ni siquiera, a través de herramientas telemáticas. Todo, a pesar de que no cumpla la integridad de su condena.

Junto a estas penas, M.C.M. (el acusado), también tendrá que pagar una indemnización de 180.000 euros por las secuelas y el tiempo de curación. El menor, que ahora tiene cinco años, requerirá de continuas intervenciones quirúrgicas durante el resto de su etapa de crecimiento.

En la sentencia pesan los agravantes de alevosía y parentesco, aunque tanto la hermana como la mujer del acusado le han defendido y comulgan con la hipótesis de que todo fue accidental.

El juez, mientras tanto, considera probado que M.C.M. vertió el agua hiviendo en un momento en el que quería 'refrescar' a su hijo, le mantuvo en contacto con el líquido, le secó con un trapo y vio cómo el bebé lloraba mientras se le desprendía la piel.

Ante la postura de la mujer, la Junta de Andalucía finalmente les ha retirado la custodia del resto de sus hijos, mientras los tres mantienen que todo se debe a un accidente. Con este hecho, el acusado continuará en prisión, donde ya se encontraba por el robo de una pizzería.

Artículos recomendados

Contenidos que te pueden interesar